Si el cliente sobrevive al periodo pactado, es sostener, si no fallece durante el periodo de protección, el seguro se cancela y el asegurador queda atrevido de toda responsabilidad.Se entiende el riesgo como un suceso futuro, posible e incierto, cuya ocurrencia no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, del asegurado o del beneficiario.